Sala de comunicaciones

Gutiérrez: Jueza Barreiros debe decidir sobre dictamen de Comité de Tortura ONU que ordena libertad de Leopoldo López

Por diciembre 16, 2014 octubre 1st, 2020 Sin comentarios

El abogado defensor de Leopoldo López, Juan Carlos Gutiérrez, informó que en ejercicio de sus derechos procesales, el coordinador nacional de Voluntad Popular no acudirá a la audiencia prevista para hoy martes ya que la jueza 18 de Juicio, Susana Barreiros, tiene pendiente decidir sobre la liberación de López, conforme lo ordena el dictamen emitido por el Comité contra la Tortura de la Organización de Naciones Unidas. Así mismo está pendiente la decisión de la Corte de Apelaciones sobre las 2 resoluciones emanadas por la ONU en favor del líder político.

“No hay una decisión con respecto al recurso de apelación que presentamos ante la negativa de liberarlo conforme al pedido del Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias, esa apelación se encuentra en trámite, tampoco existe hasta la fecha decisión por parte del Tribunal 18 de Juicio respecto a la petición de inmediata liberación emanada del Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas. Ambos pedimentos, emanados del máximo organismo internacional de protección de Derechos Humanos han sido desatendidos por las autoridades judiciales y bajo tales parámetros el señor Leopoldo López tiene el derecho de renunciar a su derecho a ser oído, a recibir las evidencias directas del proceso hasta tanto no se emita un pronunciamiento coherente con la Constitución, con lo que ordena el artículo 31 y 23 de nuestra Carta Magna, que la da preminencia, que le da carácter obligatorio a las decisiones que se emitan en materia de derechos humanos de organismos internacionales. Por eso el señor López no se presentó al tribunal el día de hoy”.

Gutiérrez enfatizó que la jueza Barreiros tiene que ser responsable y decidir hoy mismo sobre la resolución del Comité contra la Tortura. “Continuamos con esa fortaleza que nos da la verdad, que nos da la evidencia  del expediente y no los da la ley. En todo caso el tribunal debe tomar una decisión, esperamos que se produzca el día de hoy, respecto a la petición de libertad ordenada o pedida de manera directa, categórica, que lo corresponde conforme a la legalidad procedente por parte del Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas. A la Corte de Apelaciones aún no ha sido remitido el expediente, tenemos entendido que entra a efectos de distribución el día de hoy, ya para la tarde de hoy tenemos una Corte de Apelaciones que tiene tres días para admitir o no el recurso, debe ser admitido y luego tiene 10 días para pronunciarse si declara con lugar o sin lugar el recurso de apelación que presentamos, ahí tenemos dos posibilidades efectivas, reales, jurídicas y contundentes de que se produzca la liberación del señor Leopoldo López”.

“No existen las penas acumulativas en Venezuela”

Juan Carlos Gutiérrez también se refirió a la inhabilitación de Leopoldo López, que culminó formalmente el pasado 9 de diciembre, afirmó que las sanciones administrativas no se computan de la manera que lo hizo la Fiscal General de la República.

“La inhabilitación es una sanción de índole administrativa, no es de carácter penal. Ese tipo de sanciones administrativas no se computan en modo alguno de manera acumulativa, no existen las penas acumulativas en Venezuela. Si viene es cierto que de manera injusta, como quedó demostrado en la Corte IDH, a López se le impusieron 2 inhabilitaciones, a los efectos de la sanción se cumple la pena mayor que es la de 6 años de inhabilitación política y en paralelo corría también la de 3 años. La mejor evidencia ha sido el pronunciamiento y declaraciones de la propia Contralora Adelina González en el año 2011, quien expresamente ante todos los medios de comunicación dijo que en el año 2014 la sanción de inhabilitación política del señor Leopoldo López habría vencido, como en efecto ya venció”.

El penalista indicó que no existe ningún motivo para mantener vigente esa sanción de inhabilitación política sobre López. “Cualquier pronunciamiento que haga la Fiscal General de la República respeto a este tema escapa por completo del ámbito de sus funciones, ella no tiene ninguna competencia en la materia, eso corresponde a la contralora, quien ya emitió un pronunciamiento en el año 2011 y sería ilógico, incoherente e ilegal que ahora cambie su propio criterio sobre el tema”.

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